EL DIÁLOGO EURO-AMERICANO MEDIANTE LOS “DIÁLOGOS JUDICIALES”: ¿OTRA FORMA DE COOPERACIÓN REGIONAL PARA LA ARMONIZACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS O ALGO MÁS?
Palabras clave:
Cooperación internacional, Diálogos judiciales, Fundamentación iusfilosófica, Cortes regionalesResumen
A partir de las diversas posibilidades de cooperación internacional, la cooperación judicial internacional ha adquirido un protagonismo en la última década. Ello ha favorecido una forma concreta de relación entre tribunales como son los diálogos judiciales. Se prestará especial atención al contexto que ha facilitado el impulso de este diálogo judicial como es, por un lado, la renovada comprensión del derecho, propia de la posmodernidad y, por otro, la incidencia de los procesos de globalización. Ello permitirá llegar al concepto de diálogo judicial, diferenciando un sentido amplio y un sentido estricto del mismo. Se analizarán las teorías que, bajo diversas perspectivas, permiten una comprensión iusfilosófica de los diálogos judiciales y se profundizará en sus fundamentos filosóficos. Finalmente, se prestará especial atención al diálogo judicial regional que se viene sosteniendo entre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), para lo que se analizará la Sentencia de la Corte IDHTrabajadores de la Hacienda Brasil Verde Vs. Brasil, de 20 de octubre de 2016. Seconcluirá con unas valoraciones finales en las que se dilucidará si los diálogos judiciales regionales son algo más que otra forma de cooperación judicial internacional para una armonización de la jurisprudencia, implicando un proyecto filosófico, político y jurídico más amplio.