EL ESTADO DE COSAS INCONSTITUCIONAL EN EL ESTADO DE RORAIMA EN EL COLAPSO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y LA RECEPCIÓN DE VENEZOLANOS
Resumen
Analiza el estado de cosas inconstitucional en el estado de Roraima para superar la falla estructural
en los servicios públicos y la realización del derecho internacional de los derechos humanos, a la luz
de la perspectiva crítica de TWAIL. Relaciona una situación empírica del derecho internacional, la
ineficacia de un instituto tradicional de derecho constitucional y la necesidad de adoptar un modelo
del tercer mundo para superar las fallas estructurales en las violaciones de los derechos humanos
desde la perspectiva de TWAIL. La metodología utilizada fue deductiva, ya que consistió en análisis
de supuestos generales para la adopción de una conclusión específica sobre el estado de cosas
inconstitucional a nivel estadual. La investigación fue documental con análisis del decreto de
intervención federal, así como estudios doctrinales, jurisprudencia y examen de artículos en revistas.
Existe el enfoque metodológico para abordar solo la recepción adecuada de los refugiados
venezolanos y la superación de la crisis estructural del estado de Roraima, especialmente el colapso
de los servicios públicos. Hay cuatro partes: i) comprensión del instituto de refugio en el derecho
internacional de los derechos humanos, especialmente la situación de los venezolanos; ii) decreto
de intervención federal como una clara indicación de la falla de los servicios públicos estatales; iii)
superar el problema estructural del estado de cosas inconstitucional en el estado de Roraima, y iv)
la perspectiva crítica de los TWAIL para internalizar el derecho internacional al derecho interno.
Relaciona el deber internacional de Brasil en la no devolución e integración de los venezolanos con
los deberes internos de respetar los derechos fundamentales mediante la prestación de servicios
públicos esenciales, en opinión de TWAIL. A nivel internacional, TWAIL ofrece una nueva perspectiva
crítica para proteger a las poblaciones migrantes vulnerables al reinterpretar el refugio a la luz de los
tratados internacionales, al tiempo que omite la corriente hegemónica de países desarrollados
prominentes en la ONU. Internamente, se reconoce la falta de efectividad de la intervención federal.