Administración pública y género: Escuela Militar de Ingeniería - Volumen 12 Número 2 - Página


REVISTA INCLUSIONES – REVISTA DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

ISSN 0719-4706
Volumen 12 Número 2
Abril - Junio 2025
Páginas 206-234
https://doi.org/10.58210/fprc3612

Administración pública y género: Escuela Militar de Ingeniería

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Public administration and gender: Military School of Engineering


Jorge Martín Cordero Torres
Universidad del Istmo, México
j_cordero63@hotmail.com
https://orcid.org/0000-0002-8938-4017

Fecha de Recepción: 13 de noviembre de 2024

Fecha de Aceptación: 8 de marzo de 2025

Fecha de Publicación: 27 de junio de 2025

Financiamiento:

No se obtuvo financiamiento para subsidiar los gastos en la realización de este estudio, el desarrollo del mismo fue con recursos propios.

Conflictos de interés:

El autor declara no presentar conflicto de interés.

Correspondencia:

Nombres y Apellidos: Jorge Martín Cordero Torres
Correo electrónico: j_cordero63@hotmail.com

Dirección postal: Carretera Ixtepec-Chihuitán, Ciudad Universitaria S/N.

Ciudad Ixtepec, Oaxaca, México. C. P. 70110.


Resumen.
El propósito es identificar la incorporación de la perspectiva de género en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de modo especifico la implementación en la Escuela Militar de Ingeniería. Se utiliza el método del estudio de caso simple, pues se centra en una situación particular, una única unidad de análisis que es la Escuela Militar de Ingeniería. Se identifica la incorporación de la perspectiva de género adoptando estrategias como la igualdad de oportunidades y la equidad como términos de justicia interpersonal y social. Que existe la voluntad política por parte de las autoridades de la Defensa, y que se dispone de un presupuesto público sensible al género y recursos humanos formados en género.  

Palabras clave: transversalidad de perspectiva de género. igualdad ante hombres y mujeres. educación militar. administración pública. escuela militar de ingeniería.

Abstract. The purpose is to identify the incorporation of the gender perspective in the Mexican Army and Air Force, specifically the implementation in the Military School Engineering. The simple case study method is used, since it focuses on a particular situation, a single unit of analysis, which is the Military School of Engineering. The incorporation of the gender perspective is identified by adapting strategies like the equality of opportunities and the equity as interpersonal and social justice. Also, to know that a political  will from the Defense exists and that there is a public budget  and human resources for the genre topic.

Key words: transversality of the gender perspective. equality of women and men. military education. public administration. military school of engineering.

Introducción

Julieta Morales plantea que en la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 es cuando surgen los derechos humanos en su idea moderna, pero carente de universalidad, pues no se reconoce ningún derecho a las mujeres.[1]

Por otra parte, la escritora francesa Marie Gouze, conocida como Olympe de Gouges, fue la autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana en 1791, donde se reclama la igualdad de sexos y solicitaba que ésta se extendiera a los hombres de color. Sostenía que “si la mujer tiene el derecho de subir al patíbulo, ella debe tener igualmente, el derecho de subir a la tribuna” (Declaración, art. 10). La Declaración estaba integrada por 16 artículos. Para Gloria Ramírez Olympe fue una precursora de la categoría de género.[2]

Señala Fraga Judith[3] que desde que nacemos, la familia, su entorno, y la sociedad en general van influyendo en cada una de nuestras elecciones y decisiones, que la forma de ser, los gustos, las inquietudes de una persona van a ser determinadas por el hecho de nacer de uno u otro sexo. Se crece en contextos sociales determinados, en donde, con el tiempo se obtienen conocimientos se asimilan las reglas y los valores que la sociedad en ese momento instituye como más adecuados, de esta manera se van interiorizando los roles y modelos que van conformando la manera de ser de cada persona.

El concepto de género adoptado a partir de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres celebrada en Pekín en el año 1995, dice que el género es

La forma en que todas las sociedades del mundo determinan las funciones, actitudes, valores y relaciones que conciernen al hombre y a la mujer. Mientras el sexo hace referencia a los aspectos biológicos que se derivan de las diferencias sexuales, el género es una definición de las mujeres y de los hombres, construido socialmente y con claras repercusiones políticas. El sexo de una persona es determinado por la naturaleza, pero su género lo elabora la sociedad.[4] 

Para Diaz y Zamora

        La desigualdad de género constituye un problema multifactorial que se manifiesta en varias áreas de la vida privada, pública y social, llegando a traspasar todas las esferas de la vida humana, por lo tanto, en cualquier actividad que implique relaciones entre hombre y mujeres, se generan desequilibrios relacionados con el género que conducen a ciertas condiciones de desigualdad en las libertades y oportunidades de las personas, dejando en desventaja al género femenino.[5]

Una causa latente y estructural de la desigualdad de género es la existencia simbólica de roles de género binarios, diferenciados y complementarios, que son un constructo social basado en las diferencias biológicas y en la división sexual del trabajo, siendo dichos roles los que determinan la organización de la vida en sociedad y han ubicado a las mujeres como género femenino dentro de la esfera doméstica, privada y reproductiva, en condiciones de subordinación hacia los hombres como género masculino, que ha quedado a cargo de la esfera pública y reproductiva, lo cual determina las libertades y oportunidades con que cuentan hombres y mujeres para actuar y desenvolverse en los diferentes ámbitos, derivando en múltiples formas de discriminación, exclusión y violencia, que merman el desarrollo de las mujeres.[6] 

Autores como Zamudio Sánchez, Francisco, Ayala Carrillo, María del Rosario y Arana Ovalle Roxana Ivette expresan que

La igualdad de género es entendida como la igualdad que las personas tienen en derechos políticos, económicos, sociales, educativos, entre otros. Apela al estatuto jurídico y el principio de no discriminación basado en la diferencia sexual. El objetivo es que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades de vida. Por otro lado, la equidad de género se refiere al trato imparcial entre mujeres y hombres de acuerdo con sus necesidades respectivas, ya sea con un trato equitativo o con uno diferenciado pero que se considera equivalente en lo que se refiere a los derechos, beneficios, obligaciones y posibilidades. Concluyen que, para que haya igualdad de género debe haber una equidad de género.[7]

El presente trabajo describe la adopción y puesta en marcha de la perspectiva de género en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a través de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea (UDEFA), específicamente en un plantel del Sistema Educativo Militar (S.E.M.), la Escuela Militar de Ingeniería, una institución castrense que tradicionalmente solo aceptaba personal masculino en sus aulas.

1.Cultura institucional

     

Giménez refiere que la cultura es: “El proceso de continua producción, actualización y transformación de modelos simbólicos (en su doble acepción de representación y de orientación para la acción) a través de la práctica individual y colectiva, en contextos históricamente específicos y socialmente estructurados”.[8]

Habría que decir también que la cultura militar es “un conjunto de pautas qué a partir de procesos de enculturación particulares, sus miembros socializan modos de vida y pensamientos que estrechan el vínculo de aquellas representaciones simbólicas sociales que comparten, delimitado, principalmente, lo militar de lo civil y el culto a símbolos de corte nacionalista”. [9]

Posadas argumenta que

Sus símbolos constituyen su cultura militar, a partir de ello los comportamientos al interior de la institución son particulares, obedecen a tales representaciones, por lo tanto se denomina como relaciones socio-institucionales, y se entienden como “aquellas relaciones humanas, tanto entre individuos como en grupos que bajo un marco de valores institucionales se desenvuelven en sus creencias, normas de conducta, modos de vida y paradigmas culturales. Tanto al interior de la organización a la que pertenecen, como al resto de la sociedad. Dicho entramado social puede ser de naturaleza laxa o rígida a los cambios sustanciales de su contexto”.[10] 

De igual modo, la cultura institucional “designa un sistema de significados compartidos entre los miembros de la institución que produce acuerdos sobre lo que es un comportamiento correcto y significativo”.[11] Ésta incluye “el conjunto de las manifestaciones de poder, de características de interacción y de toma de decisiones y de los valores que surgen al interior de las organizaciones que, a lo largo del tiempo, se convierten en hábitos y en parte de la personalidad o ‘forma de ser’ de éstas. La cultura institucional es, la personalidad de una institución: si su estructura puede considerarse como su cuerpo, su personalidad o alma es la manera en que la gente se relaciona entre sí y los valores y creencias dominantes”. [12]

2.El género en las instituciones

La dimensión de género no es algo que se busque “adicionar” a la vida de las instituciones. Éstas siempre están constituidas por factores de género que contribuyen a su configuración. Este ordenamiento se expresa en las instituciones en todos los niveles de funcionamiento: en su cultura, en su estructura, en sus procesos y procedimientos, sistemas, infraestructura, en las creencias, en las prácticas y comportamientos individuales y colectivos. (Corona, et al., 2002, p. 14)

2.1. El enfoque o perspectiva de género en la cultura institucional

Desarrollar políticas de equidad en la acción regular del Estado, significa permear toda la estructura de las instituciones públicas. El discurso y la perspectiva han sido incorporadas a las políticas públicas de las instituciones.[13]

       

La incorporación real de la equidad entre hombres y mujeres implica una transformación total de la práctica y la cultura institucional: al integrar esta perspectiva se transforma la racionalidad de las instituciones y la forma en que ellas abordan los problemas sociales. el resultado de este proceso que estos asuntos ingresan a la agenda como un tema cuya atención reorganiza las formas de trabajo, prioridades, estrategias, metas y objetivos de la institución, así como las relaciones entre las distintas instituciones del estado, en ambos casos tanto al interior (política, cultura y normatividad institucional) como al exterior (políticas públicas) de las instituciones.

La forma de alcanzar la incorporación de esta perspectiva es a través de diversas acciones, tales como: modificar leyes, normas, políticas y presupuestos; transformar métodos de interpretación y análisis de los problemas sociales, la cultura institucional, así como las estructuras organizativas y procedimientos operativos en los poderes del Estado y en los ámbitos de gobierno federal, estatal y municipal. Se trata de incorporar sistemática y regularmente políticas de equidad entre hombres y mujeres en todas las prácticas y actividades del Estado mexicano.[14] 

2.2. La institucionalización de la perspectiva de género

La institucionalización de un enfoque teórico-metodológico, como es el de género, se refiere al proceso a través del cual las prácticas sociales asociadas a éste se hacen suficientemente regulares y continuas, son sancionadas y mantenidas por normas y tienen una importancia significativa en la estructura de las instituciones y en la definición de los objetivos y las metodologías adoptadas por una institución.[15]

2.3 El presupuesto sensible al género

Este tipo de presupuesto se refiere tanto al análisis de los presupuestos existentes por medio de una nueva perspectiva, como a la elaboración de mecanismos y procesos para introducir el enfoque de género en las políticas y programas gubernamentales con el concepto de equidad.

3. Administración Pública

Por otra parte, para entender a la administración pública es indispensable hacerlo en el marco del Estado, el gobierno y la división de poderes, con una particularidad, el que se conoce como Estado de derecho.

Para Héctor Uribe, el Estado es: una sociedad humana; establecida permanentemente en un territorio, regida bajo un poder supremo, bajo un orden jurídico, y que tiende a la realización de los valores individuales y sociales de la persona humana.[16]

El Gobierno, Fernández Ruiz explica que:

En su acepción amplia, el gobierno equivale a todo el aparato gubernamental, es decir, al conjunto de órganos y organismos depositarios de las funciones del poder del Estado y a la actuación de todos ellos. Mas en sentido restringido, se habla de gobierno para aludir sólo a la ejecución de lo legislado o juzgado, a sea, la actuación del órgano ejecutivo del aparato gubernamental conocido como Poder ejecutivo. [17]

La división de poderes, en la actualidad el principio de la división de poderes se encuentra inscrito en todas las constituciones democráticas, según la teoría tradicional se divide en ejecutivo, legislativo y judicial, este principio está contemplado en el artículo 49 de la Constitución Política[18], que señala que el supremo poder de la federación se divide para su ejercicio en ejecutivo, legislativo y judicial.

         

El Estado de Derecho es el Estado sometido al Derecho; es un Estado cuyo poder y actividad están regulados y controlados por la ley. Consiste en el “imperio de la ley”: derecho y ley entendido como expresión de la voluntad general. [19] El Estado de Derecho postula que el derecho guie el comportamiento de las personas alcanzando así su efectividad.

       

Así, la administración pública es un instrumento de acción del Estado, que dicta y aplica las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes para la conservación y fomento de los intereses públicos. Es un elemento estratégico para el desarrollo de la sociedad, que responde a un modelo que propicia los cambios políticos, económicos, sociales y culturales.[20] [21] 

       

Se entiende por administración pública tanto a las organizaciones formales del sector público como a la actividad que realizan estas organizaciones, en ejercicio de su función administrativa para satisfacer las necesidades de la sociedad y alcanzar los fines del Estado. En atención a su forma de organización, la administración pública se divide en centralizada, desconcentrada y descentralizada o paraestatal, dentro de la última puede distinguirse las entidades sectorizadas y las no sectorizadas.

       

El presidente de la República es el titular del Poder Ejecutivo, de la administración pública, y, por lo tanto, de las fuerzas armadas, como lo señala el artículo 90 de la Constitución Política.[22]

       

La administración pública federal centralizada, esta se constituye por un número de dependencias con relación jerárquica y de subordinación con el titular del Ejecutivo. La Secretaría de Estado como un órgano político administrativo es parte integrante de la administración pública centralizada y también se le denomina “Dependencia”, auxilia directamente al presidente de la república en su papel de jefe de la administración pública federal.

       

Actualmente la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal[23] (LOAPF, artículo 26) (última reforma 03-05-2023), ordenamiento jurídico que tiene por objeto precisar las bases de organización y funcionamiento de una institución derivada de los poderes del Estado; esta ley contempla la existencia de 19 Secretarías de Estado y una Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, relacionadas a continuación: Secretaría de Gobernación; Secretaría de Relaciones Exteriores; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Bienestar; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía; Secretaría de Economía; Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Secretaría de la Función Pública; Secretaría de Educación Pública; Secretaría de Salud; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de Cultura; Secretaría de Turismo, y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Además, la Oficina de la Presidencia de la República y los Órganos Reguladores Coordinados en materia energética, que integran la Administración Pública Centralizada.

3.1. Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA)

La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) es una dependencia que forma parte de la administración pública centralizada, tiene como misión organizar, administrar y preparar al Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos, con el objeto de defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación; garantizar la seguridad interior y coadyuvar con el desarrollo nacional.

El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos desarrollan sus acciones de Defensa Nacional en forma conjunta y se mantienen unidas en una sola Dependencia (LOEFAM, artículo 53). El Ejército se compone de unidades organizadas y adiestradas para las operaciones terrestres, de igual manera, la Fuerza Aérea Mexicana se compone de unidades organizadas, equipadas y adiestradas para las operaciones militares aéreas.[24]

La SEDENA es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal cuyas funciones las dicta la Constitución y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y constituye el Cuartel General Superior del Ejército y Fuerza Aérea.

A la SEDENA le corresponden las siguientes funciones (LOAPF[25], artículo 29):

I.- Organizar, administrar y preparar al Ejército y la Fuerza Aérea; II.- Organizar y preparar el servicio militar nacional; III.- Organizar las reservas del Ejército y de la Fuerza Aérea, e impartirles la instrucción técnica militar correspondiente; IV.- Manejar el activo del Ejército y la Fuerza Aérea[, y ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana]; Fracción reformada DOF 09-09-2022 Fracción declarada inválida por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 25-04-2023 (En la porción normativa “, y ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana”) V.- Conceder licencias y retiros, e intervenir en las pensiones de los miembros del Ejército y de la Fuerza Aérea; VI.- Planear, dirigir y manejar la movilización del país en caso de guerra; formular y ejecutar, en su caso, los planes y órdenes necesarios para la defensa del país y dirigir y asesorar la defensa civil; VII.- Construir y preparar las fortificaciones, fortalezas y toda clase de recintos militares para uso del Ejército y de la Fuerza Aérea, así como la administración y conservación de cuarteles y hospitales y demás establecimientos militares; VIII.- Asesorar militarmente la construcción de toda clase de vías de comunicación terrestres y aéreas; VIII Bis.- Salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional, incluyendo su espacio aéreo, en coordinación con la Secretaría de Marina en lo correspondiente a la protección del espacio situado sobre el mar territorial; VIII Ter.- Establecer acciones para garantizar que las operaciones aéreas en el territorio nacional no se realicen con fines ilícitos o atenten contra la seguridad nacional; Fracción adicionada DOF 03-05-2023 VIII Quáter.- Participar, con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en las operaciones de búsqueda y salvamento aéreo, en términos de artículo 80 de la Ley de Aviación Civil; Fracción adicionada DOF 03-05-2023 VIII Quinquies.- Establecer, en coordinación con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, las zonas de vigilancia y protección del espacio aéreo; Fracción adicionada DOF 03-05-2023 IX.- Manejar los almacenes del Ejército y de la Fuerza Aérea; X.- Administrar la Justicia Militar; XI.- Intervenir en los indultos de delitos del orden militar; XII.- Organizar y prestar los servicios de sanidad militar; XIII.- Dirigir la educación profesional de los miembros del Ejército y de la Fuerza Aérea, y coordinar, en su caso, la instrucción militar de la población civil; XIV.- Adquirir y fabricar armamento, municiones, vestuario y toda clase de materiales y elementos destinados al Ejército y a la Fuerza Aérea; XV.- Inspeccionar los servicios del Ejército y de la Fuerza Aérea; XVI.- Intervenir en la expedición de licencias para la portación de armas de fuego, con objeto de que no se incluya las armas prohibidas expresamente por la ley y aquellas que la Nación reserve para el uso exclusivo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos, así como vigilar y expedir permisos para el comercio, transporte y almacenamiento de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios y material estratégico; Fracción reformada DOF 30-11-2000, 30-11-2018, 09-09-2022 XVII.- Intervenir en la importación y exportación de toda clase de armas de fuego, municiones, explosivos, agresivos químicos, artificios y material estratégico; XVIII.- Intervenir en el otorgamiento de permisos para expediciones o exploraciones científicas extranjeras o internacionales en el territorio nacional; XIX.- Prestar los servicios auxiliares que requieran el Ejército y la Fuerza Aérea, así como los servicios civiles que a dichas fuerzas señale el Ejecutivo Federal; Fracción reformada DOF 11-01-2021 XX.- Establecer acuerdos de colaboración con las instituciones ambientales a efecto de capacitar a los integrantes del servicio militar para la ejecución de actividades tendientes a proteger el medio ambiente, y Fracción adicionada DOF 11-01-2021 XXI.- Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos

La SEDENA tiene como misiones generales las que establecen la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y son las siguientes:

  1. Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación;
  2. Garantizar la seguridad interior;
  3. Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas;
  4. Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país; y
  5. En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas. [26]

Por otro lado, y en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, la SEDENA dispuso seis objetivos prioritarios, contenidos en el Programa Sectorial de Defensa Nacional (PSDN) 2020-2024:

  1. Impulsar un auténtico liderazgo en todos los niveles jerárquicos, que priorice la disciplina militar y privilegie la moral del personal y el bienestar de sus familias.
  2. Aplicar una política integral de austeridad y erradicar la corrupción, a través del ejercicio de honestidad y transparencia con los recursos asignados a la Secretaría de la Defensa Nacional.
  3. Contribuir a preservar la Seguridad Nacional y garantizar la Seguridad Interior.
  4. Apoyar las acciones gubernamentales en materia de Seguridad Pública, Bienestar Social y Desarrollo Económico en beneficio de la población del país.
  5.  Hacer más eficiente la operatividad de las Fuerzas Armadas de tierra y aire.
  6. Fortalecer las relaciones civiles-militares basadas en el diálogo, apertura, transparencia y respeto.[27]

Corresponde al quinto objetivo, hacer más eficiente la operatividad de las Fuerzas Armadas de tierra y aire. La educación militar y el adiestramiento como la base para contar con personal preparado, capacitado e integrado a los cuadros que componen la estructura institucional para atender las demandas que el país requiere de esta Secretaría, siendo factores primordiales para el logro de los objetivos contemplados en este Programa Sectorial, es así que, mediante la adopción de acciones específicas, se podrá cumplir con las misiones encomendadas.

     

Además, como estrategia prioritaria se establece “1.6 Promover la igualdad e inclusión entre los integrantes del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos” mediante las siguientes acciones:

1.6.1 Consolidar la cultura de respeto e igualdad entre mujeres y hombres para evitar la violencia de género, el hostigamiento, la discriminación, así como el acoso y el abuso sexual.

1.6.2. Capacitar al personal militar para evitar actitudes y conductas discriminatorias o excluyentes en el ámbito laboral que manifiesten expresiones ofensivas y denigrantes.

1.6.3 Fortalecer el desarrollo profesional de la mujer militar para ocupar cargos acordes al grado, arma o servicio y/o especialidad.

3.1.1. La Dirección General de Educación Militar y de Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea (UDEFA)

La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea (UDEFA) es la encargada de dirigir a los diversos planteles de Educación Militar, fue creada en 1975 mediante un decreto del entonces presidente Licenciado Luis Echeverría Álvarez, ocupando las instalaciones que albergaron hasta 1976 al Heroico Colegio Militar, en el Campo Militar No. 1-B, Popotla, Ciudad de México.

De acuerdo al portal de la SEDENA[28], los establecimientos de educación militar tendrán por objeto la educación profesional de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, para la integración de sus cuadros, e inculcarles la conciencia de servicio y amor a la patria, la superación profesional y la responsabilidad social de difundir a las nuevas generaciones, los conocimientos que se les hubieren transmitido. [29]

El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos han generado grandes cambios que han permitido estructurar un Sistema Educativo Militar identificado cada vez más con las funciones ciudadanas y con la capacidad de atender la educación profesional de sus integrantes.

     

El Sistema Educativo Militar representa uno de los pilares fundamentales de la eficiencia operativa del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, la base para el correcto encauzamiento de la educación militar son las premisas y normas contenidas en el plan nacional de educación, las cuales brindan un firme sustento para la evolución y desarrollo.
     

Este sistema es dirigido e impulsado por la Secretaría de la Defensa Nacional a través de la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, lo constituyen colegios, escuelas, centros de estudio y diversos cursos de aplicación, capacitación y perfeccionamiento; su estructura administrativa y académica está orientada a cubrir las necesidades que tiene el Ejército y Fuerza Aérea para desarrollar conocimientos humanísticos, militares, científicos y técnicos de nivel superior, de capacitación, actualización, aplicación y de perfeccionamiento.

El Sistema Educativo Militar define la estructura de la ruta profesional a que debe responder la formación y perfiles de los recursos humanos, se materializa mediante el tránsito militar por las diferentes instituciones educativas y permite mantener permanentemente actualizados desde el soldado hasta el general, ya que la disposición de escuelas y cursos de formación, capacitación, aplicación, perfeccionamiento, actualización y de la especialidad permite capacitarse en cada jerarquía que se obtenga en las funciones específicas que se habrán de desempeñar, conceptualizando estos cursos como: De formación: que propician una educación integral y armónica para el desarrollo profesional-militar, científico y tecnológico, humanístico, axiológico y físico-mental. De capacitación: aquellos con contenidos técnicos y particulares para el desempeño del militar en una función concreta. De aplicación: tienen como antecedentes cursos teóricos o prácticos que a través del principio “aprender a hacer haciendo”, materializan la enseñanza de los tópicos militares. De perfeccionamiento: cursos relativos a las ramas del arte militar que tienen como finalidad complementar y mejorar el desempeño profesional; precedido de un curso de formación. De actualización: proporcionan conocimientos en las áreas profesionales y técnicas de acuerdo con las innovaciones que surgen de las diferentes disciplinas. De especialidad: enfocados al conocimiento y habilidad en un cuerpo específico de las ramas de la ciencia, la técnica y el arte.

3.1.2. La perspectiva de género en la SEDENA.

Cuadro 1. Incorporación de la Perspectiva de Género

1995

Se crea el grupo de seguimiento, coordinación y estadística del Estado Mayor de la Defensa Nacional, organismo que estableció el enlace con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) a partir del año 2001

2008

A esta fecha pasó su revista de entrada la Dirección General de Derechos Humanos y en abril de ese mismo año se creó el Grupo de Promoción y Difusión de la Cultura de Equidad de Género, mismo que continúa actualmente en funciones.

2011

Con el fin de coadyuvar a las acciones implementadas por el Instituto Armado en materia de políticas públicas con perspectiva de género, se creó la Mesa de Igualdad de Género dependiente de la S-1 (R.H.) del Estado Mayor de la Defensa Nacional.

Se emite acuerdo de la creación del Observatorio para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, como una instancia especializada de apoyo para la planeación, detección, evaluación e implementación de acciones dirigidas a prevenir y eliminar cualquier forma de discriminación por motivos de género y asegurar la igualdad de oportunidades para las Mujeres y los Hombres en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

2013

Se inaugura la Oficina para la Atención de Víctimas de Hostigamiento y Acoso Sexual dependiente de la Dirección General de Derechos Humanos.

2017

La Escuela Militar de Enfermeras cambio su denominación por Escuela Militar de Enfermería, como parte de las Políticas de Igualdad implementadas por esta Secretaría de Estado, de igual manera, a partir del presente ciclo escolar, se autorizó el ingreso de hombres al citado plantel, cursando la Licenciatura en Enfermería Militar y a mujeres a la Escuela Militar de Oficiales de Sanidad, coadyuvando de esta manera, a la transversalización de la perspectiva de género en el Instituto Armado.

2018

La Escuela Militar de Ingenieros cambia su denominación a Escuela Militar de Ingeniería.

Fuente: Elaboración propia con base en la Secretaría de la Defensa Nacional.[30]

 El cuadro 1 describe la cronología de hechos para la igualdad de género.

 Por su parte la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos[31], en los artículos 28, 29 y 30 señalan lo siguiente:

Artículo 28.- El proceso de admisión a las Instituciones de Educación Militar se señalará en el reglamento respectivo de esta Ley, en el que se deberá promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. (Artículo reformado DOF 22-05-2018)

Artículo 29.- Todo mexicano tiene derecho a ingresar a las Instituciones que integran el Sistema Educativo Militar, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Artículo 30.- El ingreso a las Instituciones de Educación Militar será mediante concurso de selección, cuyos procedimientos de planeación y ejecución estarán a cargo de la Dirección y Rectoría.

3.1.3. El presupuesto aprobado al Sistema Educativo Militar.

Tabla 1.  Presupuesto asignado.

Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea

2023

$2,400,448,175.00

2024

$2,812,071,352.00

Fuente: Elaboración propia con base en transparencia presupuestaria.[32]

Según muestra la tabla 1, el presupuesto corresponde a la Dirección General de Educación Militar, como se ha señalado, tiene a su cargo la supervisión inmediata de la labor educativa, que lo constituyen colegios, escuelas y centros de estudio. Además de ser el conducto entre la SEDENA y las escuelas militares.

4. Metodología

Yin[33] define el método del estudio de un caso como la “indagación empírica que utiliza múltiples fuentes de conocimiento para investigar un fenómeno actual dentro de su contexto de vida real, y en el que las fronteras entre el fenómeno y su contexto no quedan claramente delimitadas”. Para Diaz, Mendoza y Porras “la esencia del estudio de caso es la descripción, explicación o comprensión de un inter/sujeto/objeto, una institución, un entorno o una situación única y de una manera lo más intensa y detallada posible”[34]. El estudio de caso se centra en una situación particular y se considera un medio para el análisis de problemas de la vida real. Siguiendo la clasificación de Yin el presente trabajo es un estudio de caso simple pues utiliza una única unidad de análisis que es la Escuela Militar de Ingeniería.[35] 

Se hace una revisión documental, estas fuentes pueden ser revisadas frecuentemente, aunque como debilidad se presenta su difícil acceso y la escasa información disponible. El tipo de estudio de caso es descriptivo según la tipología de Yin.

5.ESCUELA MILITAR DE INGENIERÍA (EMI)

La Escuela Militar de Ingeniería se encuentra ubicada en Av. Industria Militar No. 261, Colonia Lomas de San Isidro en Naucalpan de Juárez, Estado de México; México. Es un establecimiento de educación militar de nivel superior y posgrado, con la misión de formar ingenieros militares y especialistas.

 La EMI tiene como objetivos los siguientes:

A esta institución ingresan hombres y mujeres con estudios de nivel bachillerato con especialidad del área físico- matemático. En ella se imparten seis carreras de ingeniería con duración de seis años: Constructor Militar, en Comunicaciones y Electrónica, en Computación e Informática, Industrial Militar con especialidad en: Química, Mecánica y Eléctrica.

También imparte las siguientes especialidades en: Ingeniería de costos, Tecnología de la información, Telemática, Ingeniería automotriz y Sistemas de calidad. La duración de los estudios es de seis años, de los cuales, cuatro son como cadete y dos como pasante de ingeniería. En el primer año se cursa el tronco común y antes de pasar al segundo año se podrá elegir la especialidad de la carrera con base en el promedio obtenido y al número de plazas otorgadas para cada ingeniería.

La situación en el plantel es en calidad de interna o interno de lunes a sábado, con descanso de fin de semana, presentándose los domingos por la tarde en los horarios establecidos. Al terminar sus estudios, serán asignados a los diferentes organismos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en donde aplicarán sus conocimientos.

Con respecto a las instalaciones de la EMI “Crisol de la ciencia y el honor”, lema que distingue a los miembros de este plantel, inaugurado el nuevo plantel el 06 de julio de 2018, cuenta con 38 mil metros cuadrados de construcción en una superficie de 4.4 hectáreas:

6.1. Convocatoria de Admisión General

La Convocatoria de Admisión General al Sistema Educativo Militar 2024[36] para ingreso tiene el propósito de difundir los requisitos, documentación requerida, tipo de pruebas, motivos de exclusión y aspectos a los que se apegarán los concursantes al proceso de admisión al Sistema Educativo Militar.

En el punto IV de la misma se señala el fundamento legal internacional que impide a la Secretaría aceptar el ingreso de civiles menores de 18 años al S.E.M.

El punto V describe el marco legal nacional, el cual se resume en el siguiente cuadro:

Cuadro 2. Marco legal

MARCO LEGAL

Ordenamiento

Titulo

Capitulo

Artículo

Contenido

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Primero

I De los Derechos Humanos y su Garantías

3º.

“Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado-Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia. Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas…”.

Ley Orgánica de la Administración Pública

Segundo

De la Administración Pública Centralizada

II De la Competencia de las Secretarías de Estado y Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

29º.

A la Secretaría de la Defensa Nacional, corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

XIII. Dirigir la educación profesional de los miembros del Ejército y de la Fuerza Aérea y coordinar en su caso, la instrucción militar de la población civil…”

Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Primero Misiones Generales

Único

1º.

El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, son Instituciones Armadas permanentes que tienen las misiones generales siguientes: I. Defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación; II. Garantizar la seguridad interior; III. Auxiliar a la población civil en casos de necesidades públicas; IV. Realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país y V. En caso de desastre prestar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio de las personas y sus bienes y la reconstrucción de las zonas afectadas…”

Cuarto

Composición del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

VII Establecimientos de Educación Militar

122º.

Los establecimientos de Educación Militar, tendrán por objeto la educación profesional de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea para la integración de sus cuadros e inculcarles la conciencia de servicio, amor a la Patria, la superación profesional y la responsabilidad social de difundir a las nuevas generaciones, los conocimientos que se les hubieren transmitido.

Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

I De las Disposiciones Generales

4º.

La Educación Militar tiene como finalidad formar militares para la práctica y el ejercicio del mando y la realización de actividades de docencia, difusión de la cultura e investigación para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, inculcándoles el amor a la Patria, la lealtad institucional, la honestidad, la conciencia de servicio y superación y la responsabilidad de difundir a las nuevas generaciones los valores y conocimientos recibidos…”.

8º.

La Secretaría satisface sus necesidades de recursos humanos profesionales a través de la Educación Militar, a fin de estar en capacidad de cumplir con las misiones generales del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos…”.

Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Quinto

Admisión

I Generalidades del Proceso de Admisión

109º.

El proceso de admisión a las Instituciones Educativas y cursos que imparten las Jefaturas, es el conjunto de actividades encaminadas a satisfacer las necesidades de profesionalización y capacitación de la Secretaría, a través de la selección del personal que reúna las características señaladas en el perfil de ingreso. Estas actividades tienen como finalidad captar a los aspirantes que reúnan las mejores condiciones de salud, capacidad física, preparación académica y adaptabilidad al medio militar para cursar los estudios que se impartan…”.

   Fuente: Elaboración propia con base en la Convocatoria de Admisión General al Sistema Educativo Militar 2024.[37] 

5.2. Requisitos específicos para los aspirantes:

Cuadro 3. Requisitos para ingreso

Aspecto

Civil Nacional

Militares del Ejército, F.A.M. y asignados a la G.N.

Militares de SEMAR

Militares Extranjeros

Edad mínima

18 años, cumplidos al 1 de septiembre del año en que participe

Edad máxima

(cumplidos al 31 de diciembre del año que participe)

22 años, 11 meses y 30 días

23 años, 11 meses y 30 días

22 años, 11 meses y 30 días

Estatura mínima

Mujer

1.56 Mts.

No aplica

1.56 Mts.

Hombre

1.63 Mts.

1.63 Mts.

I.M.C.

Mínimo

18 Kg/m2

Máximo

24.99 Kg/m2

27.99 Kg/m2

25.00 Kg/m2

Jerarquía requerida

No aplica

Soldado, Cabo o Sgto. 2/o. de arma, servicio o auxiliar

Clases y Marinería de arma o servicio

Se requiere acreditar la personalidad militar en el servicio activo

Contar con certificado o constancia de nivel bachillerato general o su equivalente (de carácter tecnológico o técnico en los campos de la enseñanza en las carreras afines impartidas en el plantel) con reconocimiento oficial y promedio mínimo de 7.0

Fuente: Elaboración propia con base en la Convocatoria de Admisión General al Sistema Educativo Militar 2024.[38]

De acuerdo al Reglamento de la Escuela Militar de Ingenieros[39], art. 42.- “El personal discente nacional que termine satisfactoriamente el cuarto año de alguna de las carreras que se imparten en el plantel, conforme a los planes y programas de estudio emitidos por la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y fuerza Aérea, deben ascender al grado de subteniente Pasante de Ingeniería”, la convocatoria señala que cumplirá con dos años como pasante de ingeniería. Complementa lo anterior lo que señala la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos “Por aprobar satisfactoriamente el cuarto año en las carreras que imparten las Escuelas Militar de Ingenieros y Médico Militar, y ser considerados como pasantes, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de cada plantel militar…”.[40]

Cabe mencionar, que en el año 2007 se amplió la opción de ingreso para las mujeres a los planteles militares como fue la Escuela Militar de Ingenieros, hoy Escuela Militar de Ingeniería. En el año 2013 se graduó la primera mujer en esta institución.

     

Deseo subrayar lo que señala el artículo 10 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos: “Sin distinción de género, los miembros del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos podrán acceder a todos los niveles de mando, incluyendo a los órganos de Alto Mando del Ejército y la Fuerza Aérea”.[41]

A la pregunta ¿Cuánto gasta en la educación de sus cadetes? Se responde que: en el presupuesto asignado a la Secretaria, no existen partidas presupuestales específicas que determinen cuanto se gasta en la educación de los alumnos y cadetes; es el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal  a la Dirección General de Educación Militar y a la Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, como unidad responsable de gasto, con el fin de cubrir las necesidades que requiera el cumplimiento de sus funciones relacionadas con la educación en el sistema educativo militar.

 Cabe añadir que en el año 2022 la UDEFA tuvo una matrícula de 2,989 cadetes, de los cuales 1,967 fueron hombres (65.8%) y 1,022 fueron mujeres (34.2%). La siguiente tabla muestra la matricula correspondiente a la Escuela Militar de Ingeniería en el mismo año.

Tabla 2 Matricula de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea (UDEFEA) 2022

Fuente: DataMéxico[42], 2024.

La tabla 2 se refiere a la presencia de mujeres y hombres egresados de las diferentes carreras de la Escuela Militar de Ingeniería. Se visualiza una mayor presencia en ingeniería en construcción.

Hay que mencionar, además, que con fecha 05 de agosto de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, señalo aquí la adición al artículo 140, párrafo primero, la fracción XIII:

Artículo 140.- Son causas de baja de las Instituciones Educativas del Sistema Educativo Militar las siguientes:

XIII. Realizar maltrato físico, de palabra, de hecho o psicológico a otras personas discentes, así como todas aquellas acciones que pongan en riesgo la integridad física de dichas personas.

Conclusiones

Concluyo este texto señalando que la administración pública mexicana está avanzando hacia la implementación de la perspectiva de género poniendo en práctica políticas y proyectos que permitan que las mujeres disfruten de igualdad de beneficios, sumándolo a su quehacer institucional. Esto es a través de la transversalidad de la perspectiva de género. Comprendiendo que el ejército y fuerza aérea mexicanos son parte de la administración pública y reconociendo el avance en el proceso de la inclusión de la mujer en éste.

Las mujeres son ya un componente esencial dentro de las fuerzas armadas, existe una mayor apertura y se han eliminado restricciones al acceso a algunas funciones militares. También se han eliminado distintas restricciones legales al acceso femenino a tareas operacionales o de combate.

La inclusión de la perspectiva de género es una estrategia que tiene como finalidad el logro de la igualdad de género y el avance de los derechos de las mujeres mediante la incorporación del análisis de género, la investigación sensible al género, las perspectivas de las mujeres y las metas de igualdad de género a las políticas, programas y proyectos e instituciones reconocidas.

 La inclusión de la perspectiva de género ha sido adoptada y promovida por las Naciones Unidas, el Banco Mundial y muchas agencias de cooperación bilaterales, instancias gubernamentales y organizaciones de derechos humanos y desarrollo.

Se entiende la idea de equidad como un principio de justicia, en donde se asume la igualdad en las diferencias, en donde las personas, hombres o mujeres puedan realizarse en sus propósitos de vida.

El proceso de institucionalización de género se llevó a cabo en la Escuela Militar de Ingeniería, mediante un cambio social y la transformación cultural, de esta forma se logró la transición de una institución masculina a una institución compartida. De acuerdo a Corona et al., se transformó la cultura institucional, las estructuras organizativas y también ciertos procedimientos operativos, se modificaron leyes, políticas y presupuestos, necesarios para la incorporación de esta perspectiva.  

 Señala Juana Soria, que hay mujeres que, por sus características y condiciones de salud, capacidad física, preparación académica y su adaptabilidad al medio militar encajan en el perfil de ingreso de algunas instituciones castrenses, como la EMI.[43]  Al 20 de enero de 2024 hay 17, 383 mujeres en el ejército y fuerza aérea mexicanos, ente ellas seis con el grado de General Brigadier.

Logros: al 2008 se crea la dirección General de Derechos Humanos y se crea el Grupo de Promoción y Difusión de la Cultura de Equidad de Género; en el 2018 la Escuela Militar de Ingenieros cambio su denominación a Escuela Militar de Ingeniería.

Desde 2007, año que se permitió el ingreso de mujeres a la EMI, han egresado hasta el ciclo escolar 2023-2024, 67 mujeres, según el Observatorio para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

La reforma al Reglamento de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos con fecha 05 de agosto de 2024, que establecen, por ejemplo, son causas de baja: “Realizar maltrato físico, de palabra, de hecho o psicológico a otras personas discentes, así como todas aquellas acciones que pongan en riesgo la integridad física o de la salud a dichas personas” (fracción XIII, artículo 140),  “llevar a cabo conductas de hostigamiento y acoso sexual, debidamente acreditas por el Comité para la Prevención y Atención del Hostigamiento y Acoso Sexual de la Secretaría de la Defensa Nacional” (fracción XX, artículo 140), entre otras que dan fin a las novatadas y transforman la cultura institucional.

Con información del Observatorio para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, que, en la actualidad, la mujer, si así lo desea, puede formar parte de cualquier especialidad que integran las armas y servicios.

Por otro lado, un incremento en el presupuesto del 17.15% en el 2024 con respecto al año 2023.

Desafíos: es importante el ingreso, pero más, es la permanencia en el plantel. En el año 2022 la EMI tuvo 569 matriculados, egresaron siete mujeres y 67 hombres. En el 2021 la matricula fue de 531, egresaron ocho mujeres y 58 hombres. Egresado es aquel alumno que, habiendo aprobado todas las asignaturas y requisitos establecidos de un programa de estudios durante el ciclo escolar inmediato, se hace acreedor al respectivo certificado de estudios. [44]

¿Qué falta para lograr una igualdad sustantiva? es necesario corregir las desventajas tanto sociales como materiales que permitan el acceso a la educación, la participación al ingreso a la EMI, esto desde la familia; eliminar los estereotipos, el estigma y la violencia, pues los excluye del acceso a los recursos y a los servicios; fortalecer el poder de acción y la participación de las mujeres en la convocatoria de admisión a la EMI. ¿Que se necesita para participar en la admisión? Estar en buen estado o condición física y mental, haber terminado el bachillerato y quedar dentro de la cuota de admisión establecida por la SEDENA, es decir el número de vacantes disponibles para ingresar al SEM.  

 

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Las opiniones, análisis y conclusiones del autor son de su responsabilidad y no necesariamente reflejan el pensamiento de la Revista Inclusiones.

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[1] Julieta Morales Sánchez, ¿Qué es género? Ciclo de conferencias con perspectiva de género. Colección TEPJF (Ciudad de México: Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, 2011), 47.

[2] Gloria Ramírez, La declaración de los derechos de la mujer de Olympe de Gouges 1791: ¿Una declaración de segunda clase? Catedra UNESCO de Derechos Humanos de la UNAM (Ciudad de México: UNAM, 2015), 3.

[3] Judith Fraga, Los Derechos Humanos y su relación con la Equidad de Género (La Paz: Inmujeres, 2012), 8.

[4] Organización de las Naciones Unidas (ONU), Conferencia Mundial sobre la Mujer, 12 de junio de 2024.https://www.un.org/es/conferences/women/beijing1995 

[5] Yesica Diaz, y Zamora América. “Geografía de la desigualdad de género en México “. Revista Femeris, Vol: 9, num. 1, (2024):24. DOI: 10.20318/femeris.2024.8338

[6] Diaz y Zamora, Geografía, 24.

[7] Francisco Zamudio, Ayala María y Arana Roxana. “Mujeres y hombres. Desigualdades de género en el contexto mexicano”. Revista de Estudios Sociales, Vol:22, num.44 (2014):253.

[8] Gilberto Giménez, Teoría y Análisis de la Cultura (Hermosillo, Conaculta-Icocult, 2005), 75.

[9] Alberto Posadas, “Cultura Militar: los procesos educativos y la construcción de la identidad en el Colegio del Aire” (Tesis Doctorado en UNAM, 2015), 13.

[10] Alberto Posadas, “Cultura Militar: los procesos educativos y la construcción de la identidad en el Colegio del Aire” (Tesis maestría en UAQ, 2011), 7.

[11] Hola, Eugenia y Rosalba Todaro, Los mecanismos del poder. Hombres y mujeres en la empresa moderna (Santiago de Chile: Centro de Estudios de la Mujer, 1992),19.

[12] Mónica Corona, Laura Correa, María Espinoza y María Pedraza, Cultura institucional y equidad de género en la administración pública (Cd. de México: Instituto Nacional de las Mujeres,2002), 13.

[13] Mónica Corona, Laura Correa, María Espinoza y María Pedraza, Cultura institucional,15.

[14] Mónica Corona, Laura Correa, María Espinoza y María Pedraza, Cultura institucional,16.

[15] Levy, citado en Mónica Corona, Laura Correa, María Espinoza y María Pedraza, Cultura institucional y equidad de género en la administración pública (Cd. de México: Instituto Nacional de las Mujeres,2002), 17.

[16] Uribe Héctor, citado en María Fernández, Marco jurídico estructural de la administración pública federal mexicana (México: UNAM, 2015),33.

[17] Jorge Fernández, Tratado de derecho electoral (México: UNAM/PORRÚA, 2010),84.

[18] Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos (México: Editorial Porrúa ,2024, artículo 90).

[19] Diaz Elías, citado en García Ricci, Diego, Estado de derecho y principio de legalidad (Cd. México: CNDH, 2011), 21.

[20] Muñoz Amato, Pedro, Introducción a la administración pública (México: FCE, 1954)

[21] Amaro Guzmán, Raymundo, Introducción a la administración pública (México: MacGraw Hill, 1985)

[22] Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (México: Porrúa, 2024) artículo 90.

[23] Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (México: Tiran lo Blanch, 2024) artículo 26.

[24] Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (México: SEDENA, 2024), artículo 53,54, 59.

[25] Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (México: Tirant lo Blanch, 2024), artículo 29.

[26] Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (México: SEDENA, 2024), artículo 1°.

[27]  SEGOB, Programa Sectorial de Defensa Nacional (México: DOF, 2020).

[28] Secretaría de la Defensa Nacional, Sistema Educativo Militar. https://www.gob.mx/sedena/articulos/sistema-educativo-militar-31103?idiom=es  (consultado el 07 de noviembre de 2024).

[29] Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (México: SEDENA, 2024), art. 122.

[30]La perspectiva de género en la Secretaría de la Defensa Nacional. https://www.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/la-perspectiva-de-genero-en-la-secretaria-de-la-defensa-nacional.

[31] Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (México: H. Congreso de la Unión. 2005) artículos 28, 29, 30.

[32] Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Programas

[33] Robert Yin, citado en Roger D. Wimmer y Joseph R. Dominick, La investigación científica de los medios de comunicación (México: Thomson, 1996), 160.

[34] Sergio Diaz de Salas, Víctor Mendoza Martínez y Cecilia Porras Morales. “Una guía para la elaboración de estudios de caso”. Razón y Palabra, febrero-abril 2011: 21.

[35] Robert Yin, Applications of case study research (Thousand Oaks. 2003), 160.

[36] Convocatoria de Admisión General al Sistema Educativo Militar 2024, Secretaría de la Defensa Nacional, https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/883851/CONVOCATORIA_DE_ADMISION_GENERAL_2024_22_ENE_2024.pdf (consultada 09 de noviembre de 2023).

[37] Convocatoria de Admisión General al Sistema Educativo Militar 2024, https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/883851/CONVOCATORIA_DE_ADMISION_GENERAL_2024_22_ENE_2024.pdf

[38] Ibid., 25.

[39] Reglamento de la Escuela Militar de Ingenieros (México: Poder Judicial del Estado de Chiapas, 2024), art. 42.

[40] Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (México: Compilaciones Jurídicas, 2023) Art. 9, fracción III.

[41] Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (México: SEDENA, 2023), art. 10.

[42] DataMéxico, Universidad del Ejército y Fuerza Aérea https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/institution/universidad-del-ejercito-y-fuerza-aerea (consultada el 11 de noviembre de 2024).

[43] Joana Soria,” La inclusión de mujeres en el sistema educativo militar mexicano, a principios del S. XXI” (Tesina de especialización en Universidad Pedagógica Nacional, 2010), 39.

[44] DataMéxico, Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, Gobierno de México, 11 de noviembre de 2024. https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/institution/universidad-del-ejercito-y-fuerza-aerea