REVISTA DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

¿LAS DECLARACIONES DE PARTE: UN MEDIO DE PRUEBA AL SERVICIO DE LA IGUALDAD DE ARMAS EN LOS PROCESOS CIVILES?

Autores/as

  • Drdo. Guilherme Brandão Gomes

Palabras clave:

Proceso, Litigio, Igualdad de derechos

Resumen

En el presente trabajo, intentaremos analisar el régimen legal de las declaraciones de parte (declarações de parte), uno de los dos nuevos medios de prueba que han sido delimitados en el Nuevo Código Procesal Civil Portugués de 2013 (NCPC), más especificamente en su artículo 466. Con esta tarea, tenemos como objetivo procurar determinar si este nuevo meio de prueba respeta, en todo y cualquier proceso civil, el principio de la igualdad de armas o si, en algunas ocasiones, el propio deponente se ve perjudicado con respeto a la parte contraria con su uso. Veremos que, no obstante la bondad de su autonomización el en nuevo código, hay dos casos en los que la igualdad de armas podrá no lograrse con las declaraciones de parte. Son ellos: 1- los procesos de responsabilidad civil extracontractual por accidente de tráfico sin testigos en los que el demandante es el dañado y el demandado es la compañía de seguros del único vehículo responsable por el suceso y 2- todo y cualquier proceso en el que son requeridas declaraciones y testimonio por y contra una parte y apenas declaraciones por la otra.

Publicado

03-05-2020

Cómo citar

Brandão Gomes, Guilherme. 2020. «¿LAS DECLARACIONES DE PARTE: UN MEDIO DE PRUEBA AL SERVICIO DE LA IGUALDAD DE ARMAS EN LOS PROCESOS CIVILES?». Revista Inclusiones 8 (Esp.):111-26. https://revistainclusiones.org/index.php/inclu/article/view/892.